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Sacyl pagará 13.000 euros a una mujer por las secuelas tras operase de juanetes

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CYL / SANIDAD

Sacyl pagará 13.000 euros a una mujer por las secuelas tras operase de juanetes

La Consejería de Sanidad ha reconocido que no se la informó correctamente del alcance de la intervención

La Consejería de Sanidad ha estimado una indemnización de 13.000 euros para una mujer que fue sometida a una cirugía de ‘hallux valgus’ –juanetes– y a quien no se informó correctamente del alcance de la operación, ya que se amplió al resto de metartasianos del pie, lo que le provocó diversas secuelas.
Según señala el expediente de la Consejería remitido por la Asociación Defensor del Paciente y recogido por Ep, el 3 de febrero de 2011 la mujer acudió a consulta médica con un ‘hallux valgus’ severo en el pie derecho acompañado de metatarsalgia en los metatarsianos del segundo al cuarto, por lo que se propuso intervención quirúrgica en el dedo que presentaba el juanete. La operación se llevó a cabo el 29 de marzo de 2011 en el Hospital Del Río Hortega de Valladolid, con una osteotomía del primer dedo con corrección de la dolencia, pero también se exploró el resto de metatarsianos y se amplió la cirugía inicial. En las revisiones bimensuales posteriores, la paciente presentaba dolor en la zona y el 27 de septiembre de 2011 tuvo conocimiento del alcance real de la intervención, cuando se indicó la necesidad de retirar los tornillos colocados en los metatarsianos como consecuencia del dolor local. Finalmente, cuando estaba indicada una segunda intervención quirúrgica para continuar el tratamiento, el 27 de enero de 2012, la paciente presentaba un cuadro de ansiedad que impidió llevar a cabo la cirugía. Así, el 16 de marzo de dicho año se inició el procedimiento de reclamación de responsabilidad patrimonial mediante la cual la afectada exigía 20.706,51 euros como resarcimiento de los daños.
La resolución de la Consejería estima que se carecía de consentimiento informado de la paciente para la ampliación de la intervención inicialmente planteada, algo que habría sido obligado “aún cuando la ampliación pudiese haber estado indicada”. El texto reconoce los daños causados, como la limitación funcional de la articulación de los dedos segundo, tercero y cuarto, y parestesias –dolores musculares y hormigueos–; así como el perjuicio estético ligero. Tras aplicar una serie de coeficientes de acuerdo con los baremos existentes para indemnizar las lesiones causadas, la Consejería de Sanidad ha fijado una cantidad total de 13.000 euros, incluido el daño moral por esa falta de información, que “ha supuesto una vulneración del derecho de la paciente de autodeterminación”.